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Ecología

Eventos deportivos y de turismo de naturaleza deben de respetar el derecho a la consulta de los ejidos y comunidades y la normativa ambiental

Organizaciones de la Subcuenca Valle de Bravo-Amanalco reconocen y aplauden la determinación de la junta de Pueblos Originarios Coordinados por el Bosque y el Turismo (POCBOTU) de no otorgar la autorización de realizar el ultramarathon dentro de su territorio, al no haber sido consultados apropiadamente.

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Congratulan la cancelación del Ultramaratón Valle de Bravo por respeto del derecho a la consulta y la aplicación de la normatividad ambiental dentro del Área Natural Protegida.

Las organizaciones firmantes congratulamos la decisión de los organizadores del Sky Ultramarathon Valle de Bravo de cancelar el evento deportivo que se realizaría este 10 de diciembre del presente, en varios ejidos y comunidades de Valle de Bravo y Amanalco dado que no se contaban con las autorizaciones correspondientes de ejidos y comunidades, así como de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP).

Es importante resaltar que como organizaciones firmantes apoyamos el fomento del deporte, así como el turismo de naturaleza, sin embargo, no debemos de perder de vista que gran parte del territorio de Valle de Bravo y Amanalco se encuentra dentro del área natural protegida federal denominada:

“Área de Protección de Recursos Naturales, Zona Protectora Forestal, los terrenos constitutivos de las Cuencas de los Ríos Valle de Bravo, Malacatepec, Tilostoc y Temascaltepec”.

Por tanto toda obra, actividad o evento deportivo debe de antemano contar con las autorizaciones ambientales correspondientes, de conformidad con la Ley y el programa de manejo de la citada área protegida.

Aunado a lo anterior es de suma importancia mencionar la relevancia de respetar y garantizar el derecho libre, previo e informado de las comunidades y los ejidos, a la consulta, siendo ellos los dueños y poseedores de los terrenos, quienes a través de sus asambleas tienen el derecho a decidir sobre las acciones de uso y conservación de su propio territorio, derechos reconocidos en nuestra Constitución, así como en los Tratados Internacionales.

Los ejidos y comunidades son propietarios legítimos de los predios por donde se realizan estos eventos, y además mantienen la seguridad y conservan los bosques de la región

Felicitamos a la CONANP por su labor de supervisión de las actividades dentro del área protegida e instamos a los futuros promoventes de este tipo de eventos deportivos prever y gestionar con antelación las consultas y autorizaciones necesarias, buscando prevenir los daños que pueden ocasionarse por la cancelación de los eventos.